Pasos para reclamar a empresas, (modus operandi). CONSEJOS AL CONSUMIDOR
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Pasos para reclamar a empresas, (modus operandi). CONSEJOS AL CONSUMIDOR
Sepa a quién dirigirse
Reclamar contra las empresas por problemas con los productos
o servicios contratados no es un camino fácil. Aquí explicamos cómo
pueden los ciudadanos hacer valer sus derechos.
El viaje de novios convertido en pesadilla, cláusulas abusivas del
seguro de hogar, una improcedente comisión bancaria o la corbata que la
tintorería ha echado a perder. Todos los días encontramos casos en los
que los derechos del consumidor se ven vulnerados ante las prácticas
abusivas de algunas empresas. La OCU le explica cómo puede
actuar y dónde debe hacerlo para intentar solucionar con éxito sus
problemas de consumo. Con ello no sólo logrará hacer valer sus derechos
como consumidor e incluso resarcirse de un daño, sino que contribuirá a
la mejora de los servicios y prestaciones que una sociedad desarrollada
necesita.
Primero, acuerdo amistoso Lo
mejor es intentar primero un acuerdo amistoso a través del Servicio de
Atención al Cliente de la empresa o directamente con el responsable del
establecimiento. Siempre que sea posible, conviene dejar
constancia escrita de la queja. Si desconfía de la voluntad de la
empresa, envíe un burofax con acuse de recibo y certificado de texto
(unos 25 euros) en el que exponga su demanda, adjuntando copia de la
documentación que la respalde. Si no recibe respuesta o no le
satisface, puede solicitar una mediación o un arbitraje de consumo. Si
con esto no se soluciona, puede reclamar ante alguna de las figuras que
las empresas tienen a tal fin, o bien acudir a los organismo
competentes que existen en algunos sectores: Internet y telefonía,
seguros, banca e inversión, vivienda, energía, transporte aéreo,
transporte terrestre o turismo. También se puede interponer una
reclamación por vía administrativa, a través de la Hoja de
Reclamaciones de los establecimientos, las Oficinas Municipales de
Información al Consumidor (OMIC) o los organismos de consumo de las
comunidades autónomas. Tenga en cuenta que por la vía administrativa,
la empresa demandada puede ser sancionada, pero no se indemniza al
consumidor.
Alternativas: mediación y arbitraje Si
el acuerdo amistoso no es posible, solicite una mediación a la OMIC, al
servicio de consumo de la comunidad autónoma o a una organización de
consumidores privada que actúe en su nombre, como la OCU. -
Para que una mediación sea exitosa, debe existir voluntad de acuerdo
por ambas partes, es decir, tanto el consumidor como la parte reclamada
tienen que estar dispuestas a ceder en sus expectativas a cambio de
lograr un acuerdo satisfactorio. Si la mediación tampoco diera
resultado, el consumidor tiene tres meses para acudir a las Juntas
Arbitrales de Consumo a través de los ayuntamientos, comunidades
autónomas y la propia Junta Arbitral Nacional, en función del ámbito de
la empresa. - El Arbitraje de Consumo es el instrumento
habilitado por la Administración Pública para resolver conflictos y
reclamaciones en materia de consumo. A través de este sistema, las
partes se someten voluntariamente ante un órgano arbitral imparcial que
dicta un laudo vinculante, equivalente a una sentencia judicial. El
procedimiento es gratuito, más o menos rápido (seis meses como máximo)
y, si procede, el reclamante puede recibir una indemnización económica. El
inconveniente de esta vía está en su carácter voluntario. Si la empresa
se niega a someterse al arbitraje, el usuario sólo podrá acudir a la
vía judicial. Además, el sistema arbitral no puede resolver conflictos
entre particulares ni reclamaciones por intoxicaciones, lesiones o
muerte en los que existan indicios de criminalidad.
El juicio el último recurso Como
último recurso el consumidor puede acudir a los tribunales, pero por lo
lento, caro y complicado del proceso, se recomienda agotar todas las
opciones previas, sobre todo si económicamente no compensa. No
es necesaria la intervención de un abogado ni un procurador si la
cuantía del litigio no supera los 900 euros o se solicita un
procedimiento de conciliación. Si dispone de un seguro de
defensa jurídica, utilícelo. Tenga en cuenta también si, por sus
circunstancias, puede acogerse al beneficio de justicia gratuita (por
ejemplo, porque sus ingresos no superen el doble del salario mínimo
interprofesional).
Las acciones colectivas de la OCU Cuando
el conflicto de consumo afecta a un número elevado de usuarios, y sobre
todo si la empresa reclamada es la misma, conviene aunar esfuerzos para
lograr un mejor resultado en el proceso de reclamación. La OCU
ha emprendido acciones colectivas en numerosas ocasiones. Por ejemplo,
la sentencia contra AENA por retrasos aéreos estableció para 172
pasajeros una indemnización de casi 109.000 euros, o la sentencia
contra las academias Opening, en las que se reconoce la devolución de
las cantidades pagadas (más los intereses) a los afectados por los
cursos de idiomas de las academias que cerraron. Sin embargo no
todos los problemas se pueden abordar así. La OCU plantea estas
acciones cuando concurren determinadas situaciones. En www.ocu.org están actualizadas permanentemente las acciones colectivas en curso.
Nuestros consejos -
Un consumidor informado es menos vulnerable. Antes de comprar un
producto o contratar un servicio, infórmese, sepa cuáles son sus
derechos, negocie condiciones, etc. - Asegúrese de dejar constancia escrita de su reclamación. -
Si la empresa contratada está sometida al Sistema Arbitral de Consumo,
pida un arbitraje a falta de acuerdo amistoso: el laudo equivale a una
sentencia judicial. - No entregue como prueba los documentos
originales en reclamaciones extrajudiciales, por si tuviera que
necesitarlos en reclamaciones posteriores. - Acuda a la vía
judicial sólo como último recurso y si la cuantía demandada compensa.
Si dispone de un seguro de defensa jurídica que cubra la reclamación,
utilícelo. - Cuando sea posible, contrate las ventajas
negociadas de la OCU para los socios y recuerde que utilizar la Visa
OCU como tarjeta de pago le permite usar la mediación de la
organización en caso de conflicto.
Invitado- Invitado
Re: Pasos para reclamar a empresas, (modus operandi). CONSEJOS AL CONSUMIDOR
Tomaaaaa tocho, aunque verdad no le falta al niño
katana- HIPER GOLD STAR
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Re: Pasos para reclamar a empresas, (modus operandi). CONSEJOS AL CONSUMIDOR
Ale,ya tienes ladrillos para masticar una semana jeje...solo te los lees tú
Invitado- Invitado
Re: Pasos para reclamar a empresas, (modus operandi). CONSEJOS AL CONSUMIDOR
.....el viernes me lo cuentas....cansino...
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Re: Pasos para reclamar a empresas, (modus operandi). CONSEJOS AL CONSUMIDOR
La verdad es que esta muy interesante William.
Salut
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Re: Pasos para reclamar a empresas, (modus operandi). CONSEJOS AL CONSUMIDOR
katana escribió:La verdad es que esta muy interesante William.
Salut
Si no lo fuera, no lo pondría ..(yo no relleno por rellenar).
Se nota que no tienes freidas las neuronas como el mandarino de arriba... sera fumeta el tio!! que poco le gusta el ladrillo...seguro que el tio vive hasta en una casucha de madera de esas
Invitado- Invitado
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