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PRINCIPALES NOVEDADES DE LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL

4 participantes

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PRINCIPALES NOVEDADES DE LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL Empty PRINCIPALES NOVEDADES DE LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL

Mensaje por blacksleep Miér 21 Abr 2010, 1:59 pm


PRINCIPALES NOVEDADES DE LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL




En el “Boletín Oficial del Estado” del día 24 de noviembre de 2009 se publicó la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora.



Las principales novedades de la nueva Ley, de cumplimiento obligatorio por parte de los conductores del PME, son las siguientes:



· En el anexo II de la Ley se recogen las infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos y en el anexo IV el cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad.

La detracción de puntos por exceso de velocidad se producirá de acuerdo con lo establecido en el anexo IV.


ANEXO IV: Cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad:
Infracción sobre exceso de velocidad captado por cinemómetro
Límite
30
40
50
60
70
80
90
100
110
120
Multa
Puntos

Exceso velocidad
Grave
31
50
41
60
51
70
61
90
71
100
81
110
91
120
101
130
111
140
121
150
100
-
51
60
61
70
71
80
91
110
101
120
111
130
121
140
131
150
141
160
151
170
300
2
61
70
71
80
81
90
111
120
121
130
131
140
141
150
151
160
161
170
171
180
400
4
71
80
81
90
91
100
121
130
131
140
141
150
151
160
161
170
171
180
181
190
500
6

Muy grave
81
91
101
131
141
151
161
171
181
191
600
6


En los tramos de autovías y autopistas interurbanas de acceso a las ciudades en que se hayan establecido límites inferiores a 100 km/h, los excesos de velocidad se sancionarán con la multa económica correspondiente al cuadro de sanciones del anexo IV. El resto de los efectos administrativos y penales sólo se producirá cuando superen los 100 km/h y en los términos establecidos para este límite.



· Con carácter general, la nueva Ley establece una cuantía fija para las sanciones: hasta 100 euros para las infracciones leves, 200 euros para las graves y 500 euros para las muy graves.



· Entre las infracciones muy graves destaca la inclusión de la utilización de mecanismos destinados a eludir la vigilancia y control del tráfico.



· Se suprime la suspensión temporal del permiso de conducción como sanción, salvo cuando las acciones u omisiones puedan constituir delitos o faltas tipificadas en las leyes penales (enumeradas en el art. 72).



· Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte público urbano, ha dejado de restar puntos pero sigue siendo una infracción sancionable, lo mismo que circular por dichos carriles, así como la parada o el estacionamiento en cualesquiera otros lugares prohibidos.



· Aunque la nueva Ley no afecta a la regulación relativa a la circulación por los carriles “BUS/VAO”, conviene recordar que, salvo autorización expresa que se anuncia en los correspondientes paneles de información con la expresión “entrada libre” u otra similar, los vehículos turismo sólo pueden circular por dichos carriles si llevan dos o más ocupantes.



· Se establece una reducción del 50% del importe de la sanción de multa en caso de pago voluntario de la misma en el momento de la denuncia o dentro del plazo de quince días naturales contados desde el día siguiente al de su notificación.



· Se reduce el periodo de prescripción de las infracciones muy graves, de 12 a 6 meses.



· Se amplía a 4 años el plazo de prescripción de las sanciones consistentes en multa pecuniaria.



· El importe de las sanciones económicas obtenido por las infracciones se destinará íntegramente para actuaciones en materia de seguridad vial y prevención de accidentes y ayuda a las víctimas.



· Se establece una nueva ordenación del Consejo Superior de Seguridad Vial.



· Se crea el Registro Estatal de Víctimas y Accidentes de Tráfico (REVAT).



· Se posibilita la incorporación al Registro de Vehículos de la persona que es usuario o conductor habitual del vehículo.



· El tradicional concepto de domicilio físico se transforma ahora en domicilio virtual. Este domicilio virtual se constituye en obligatorio para las personas jurídicas que matriculen nuevos vehículos y se mantiene voluntario para las personas físicas, creándose la Dirección Electrónica Vial (DEV) y el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, en formato digital.



· La Ley entrará en vigor a los 6 meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», el 25 de mayo de 2010 , salvo los artículos 9 bis 2 (incorporación al Registro de Vehículos de la persona que sea conductor habitual del mismo), 59 bis (Domicilio y Dirección Electrónica Vial), 77 (Práctica de la notificación de las denuncias) y 78 (Notificaciones en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico), que entrarán en vigor en el plazo de 1 año, y los efectos de esta Ley que sean favorables para el infractor, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».



Respecto a la actuación del PME en el caso de serle notificada una posible sanción a un conductor con un vehículo oficial, o serle requerida identificación de conductor por parte de una autoridad sancionadora, en la Intranet del Organismo se encuentra publicado el protocolo que sigue el PME para su tramitación. Para resolver cualquier duda sobre este tema, se puede contactar con el Servicio de Régimen Jurídico del PME en el teléfono 91.360.98.15 (Dentro de la Intranet, en el cuadro Documentos, apartado Procedimientos aparece el mapa de procesos del PME, dentro de ese mapa y del proceso llamado GESTION DE LA FLOTA aparece el procedimiento Gestión de las sanciones de tráfico)
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Mensaje por Rover Miér 21 Abr 2010, 6:01 pm

Super importante información a tener en cuenta...

Gracias Enrique PRINCIPALES NOVEDADES DE LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL 950811
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Mensaje por Pasito Miér 21 Abr 2010, 9:31 pm

PRINCIPALES NOVEDADES DE LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL 414326 PRINCIPALES NOVEDADES DE LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL 770593 gracias por la info, ahora esta mas claro, ? pero al final solo van a sacarnos la pasta.
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Mensaje por viceGSXR Sáb 24 Abr 2010, 10:50 am

gracias por la info,menudos sacadineros estan echos.
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